Abogado penal en Sevilla

Asistencia al detenido en Sevilla

Entre los servicios más demandados a un abogado penalista destaca el de brindar asistencia a la persona detenida cuando ésta se halla en las sede de la comisaría o dependencias judiciales.

Ante una situación como detenido no dude solicitar la asistencia de un abogado penalista, como garantía de que todas sus actuaciones y diligencias son ejecutadas dentro del marco legal y que todos sus derechos como persona detenida son respetados.

Asistencia al detenido en sevilla

Si ya se dispone de abogado privado, habrá que facilitar su teléfono y serán los agentes los encargados de ponerse en contacto con él. En el caso de no disponer de un abogado privado será preciso solicitar la asignación de un abogado de oficio.

Si lo desea puede contactar con nuestro despacho de abogados de Sevilla especializados en Derecho Penal donde le atenderemos con total confianza y de manera inmediata buscando la mejor solución posible a su caso judicial.

Asistencia al detenido

Los cambios efectuados en el artículo 520 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal han hecho que el protocolo de actuación del abogado en la asistencia al detenido en sede policial evolucione en favor a los derechos del detenido así como también la participación del abogado.

La asistencia letrada al detenido, en sede policial o judicial, está establecido como un derecho obligado del ciudadano a ser asistido por un Abogado experto en derecho penal.

En el supuesto caso de que por diferentes motivos el abogado no pudiera trasladarse con rapidez, se deberán de facilitar todos los medios necesarios para que puedan comunicarse a distancia.

La intervención del abogado en sede policial puede resumirse de la siguiente manera:

  • Con antelación a la asistencia.
  • Durante la entrevista.
  • Finalizada la declaración.

CON ANTELACIÓN A LA ASISTENCIA

  • La persona detenida y abogado tienen el derecho de ser informados de la causa y hechos que se atribuyen a la detención.
  • ANTES de la declaración en sede policial, el abogado está en su derecho a inspeccionar el contenido del expediente.
  • A excepción de que el atestado o diligencias policiales se hallen bajo secreto de sumario, el abogado puede solicitar su comprobación o examen.
  • Obligación de asegurarse de que a la persona detenida se le han leído sus derechos.
  • Asesorar al detenido de la conducta a mantener en los interrogatorios incluida la de guardar silencio y no declarar y contestar, si así lo desea, solo a las preguntas que estime.
  • El detenido tiene derecho a no declararse culpable y también a no declarar contra si mismo.
  • Informar al detenido que puede comunicarse con una tercera persona ya sea familiar o persona de confianza con el fin de informarle de su detención y de su ubicación.
  • Informándole de su situación de privación de libertad. En el caso de ser extranjero comunicar su detención a las autoridades consulares.
  • El detenido tiene derecho a conservar para sí, el documento donde se confirma que se le han leído sus derechos.
  • Derecho de la persona detenida a mantener una entrevista privada con su abogado antes de ser interrogado por la policía.
  • Si no entiende el idioma, derecho a un intérprete.

DURANTE LA ENTREVISTA

  • Una de las principales funciones del abogado es asegurarse durante la declaración del detenido, que todos los derechos del detenido están siendo respetados, y que no es coaccionado ni es tratado de forma incompatible con su dignidad y su libertad.
  • Cerciorar que la declaración se está realizando de la forma que menos perjudique al detenido, su reputación y su patrimonio.

FINALIZADA LA DECLARACIÓN

  • La detención no puede durar más tiempo del rigurosamente necesario para realizar todas las investigaciones que lleven a aclarar o explicar los hechos.
  • La autoridad está se halla en la obligación de informar por escrito al detenido, del tiempo máximo que puede estar privado de libertad antes de ser trasladado a dependencias judiciales.
  • Finalizada la declaración del detenido el abogado tiene derecho a comprobar la veracidad de lo trascrito en el acta de declaración.
  • El abogado tiene derecho a disponer de una copia del atestado completo.
  • El abogado está en su derecho de poder entrevistarse con el detenido de manera privada tras la práctica de la diligencia en que se hubiere intervenido.

Desde nuestro Despacho de Abogados de Sevilla aconsejamos a toda nuestra clientela que ante una detención no se pronuncien ni digan nada, tan solo escuchar los motivos que han dado lugar a la detención y solicitar la presencia inmediata de abogados penalistas, para así garantizar que se todos sus derechos están siendo respetados. Antes de declarar es importante mantener una primera entrevista con el abogado para de este modo preparar la mejor estrategia posible.

Contacte a través de una llamada de teléfono con nuestro despacho de abogados de Sevilla y pondremos a su disposición un equipo de abogados penalistas especializados en el tema, que podrán asistirle de manera pronta y privada si se ha producido una detención.

Nuestros abogados se desplazarán de inmediato a las dependencias policiales o judiciales para prestarle toda la asistencia legal que precise y garantizar el respeto de sus derechos. Trabajamos con el principal objetivo de encontrar siempre la mejor solución para nuestra clientela.

¡Llámenos!.

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