Abogado penal en Sevilla

Violencia doméstica y de género, Sevilla

Es grande la confusión que existe entre los términos “violencia doméstica” y “violencia de género”, hasta el punto de que en muchas de las ocasiones son utilizados como sinónimos cuando en realidad no lo son.

Violencia doméstica y de género

Ante una situación de violencia doméstica o violencia de género en su entorno, no dude solicitar el apoyo y asesoramiento de abogados especialistas en delitos contra las personas, como los que encontrará en nuestro despacho penalista en Sevilla con amplia experiencia en el tema en cuestión. Contacte con nosotros a través de una llamada de teléfono o vía online e infórmese sin compromiso alguno.

Diferencia entre violencia doméstica y violencia de género

La gran cantidad de denominaciones de los malos tratos llevan a la confusión utilizando indistintamente otros conceptos como violencia de género, violencia doméstica, de pareja, hacia las mujeres, o sexista.

Violencia doméstica y violencia de género son términos bien distintos, puesto que una afecta a la familia y otra a la mujer.

VIOLENCIA DOMÉSTICA

La violencia doméstica engloba aquellos delitos cometidos en el ámbito familiar llegando a suponer un sufrimiento añadido para las víctimas, que están unidas por una especial relación de afectividad y a veces dependencia con el agresor. Puede ser ejercida sobre cualquier miembro de la unidad familiar que conviva junta, de forma que puede afectar a cónyuge, ascendientes, descendientes, hermanos… y en definitiva a cualquier persona que resida en el domicilio de forma habitual.

VIOLENCIA DE GÉNERO

La violencia de género engloba cada uno de los delitos de lesiones, amenazas, coacciones, contra la integridad moral o intimidad que se producen tanto dentro como fuera de casa, en el trabajo o en cualquier otro ámbito de la vida pública contra la mujer que es o ha sido esposa del agresor o bien estuvo unida a él por una similar relación de afectividad, aun sin convivencia.

Estas violencias abarcan desde las más evidentes como los malos tratos físicos y psíquicos, realizados en el ámbito domestico, la agresión sexual, el acoso sexual, la violación…, hasta las más sofisticadas, como llega a ser la publicidad en la que proyectan imágenes de mujeres que no se corresponden con la realidad, haciendo uso de un lenguaje que distorsiona, falsea la realidad, simplificando la imagen de la sociedad y de las personas.

Para que tenga la consideración de violencia de género se precisa que el agresor sea de sexo masculino y la víctima de sexo femenino.

Dentro de un entorno de violencia de género también es frecuente que los hijos de la pareja también se vean afectados, por lo que se les considera de igual forma víctimas de esta violencia.

Requisitos del delito de violencia doméstica

Los requisitos para considerar que se ha cometido el delito de violencia doméstica son los siguientes:

  • Puede tratarse de violencia física (golpes, arañazos, heridas…) o psíquica la cual es más fácil que pase inadvertida sobre todo en personas del entorno de la víctima (amenaza, manipulación, humillación…).
  • Se precisa habitualidad en los actos violentos.
  • Puede recaer sobre cualquier persona del ámbito familiar.
  • No se precisa convivencia entre el agresor y víctima.
  • Debe de existir relación de afectividad o familiar entre víctima y agresor.

Requisitos de la violencia de género

Los requisitos para considerar que se ha cometido el delito de violencia género son los siguientes:

  • Acto de violencia física o psicológica cometido necesariamente por un hombre hacia una mujer.
  • El sujeto pasivo de la violencia de género siempre es una mujer que tiene o ha tenido una relación sentimental con el agresor.
  • Se reconocen como víctimas indirectas a los descendientes del agresor, descendientes de la mujer, menores o personas con discapacidad que precisen de protección especial, personas sujetas a la potestad, tutela, acogimiento.

Cómo actuar ante una situación violencia de género o violencia doméstica

En el caso de sufrir violencia de género o violencia doméstica no es necesario que se formule una denuncia previa de las víctimas para que la justicia pueda actuar, puesto que está autorizada a actuar de oficio en el momento que se detecte este tipo de situaciones.

La violencia doméstica es muy dolorosa, puesto que se lleva a cabo sobre personas vulnerables que comparten el núcleo familiar con la persona agresora. A todo el daño físico o psicológico que se sufre hay que añadirle todo el daño moral que uno tiene al sentirse traicionado por aquella persona en quien realmente se debería poder confiar. Generalmente la víctima suele sentirse culpable no atreviéndose a denunciar.

La violencia de género se halla regulada con el fin de proteger a la mujer frente a las agresiones físicas o verbales cometidas por su marido o pareja estable, aunque no convivan juntos. Ante todo, es importante guardar la calma y nunca guardar silencio ni proteger al agresor.

Si usted de forma directa, o alguien de su entorno cercano, está viviendo una situación de violencia doméstica o de género, desde nuestro despacho de abogados penalistas de Sevilla le animamos a denunciar e iniciar todo el proceso encaminado a acabar con esta situación lo antes posible.

Recuerde que existen organismos específicos que podrán ayudarle, asesorarle y acompañarle en todo momento durante el proceso.

Si desea recibir más información detallada sobre los pasos a seguir no dude en descolgar su teléfono y solicitar el apoyo y asesoramiento legal de nuestros abogados especialistas en derecho penal.

Contacte con nuestro despacho de abogados de Sevilla y tendrá a su entera disposición a un buen abogado penal experto en este tipo de situaciones que le informará y asesorará a lo largo de todo el procedimiento.

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