Abogado penal en Sevilla

Abuso y agresión sexual

Algunas personas son víctimas de una situación que está relacionada con su libertad sexual, un hecho muy grave en nuestro ordenamiento jurídico. Pero existe cierta confusión sobre los delitos de abuso y agresión sexual, por lo que vamos a explicarlos a continuación.

Diferencia entre abuso y agresión

Según el código Penal, el que, sin violencia o intimidación y sin que medie consentimiento, realizare actos que atenten contra la libertad o indemnidad sexual de otra persona, será castigado, como responsable de abuso sexual, con la pena de prisión de uno a tres años o multa de dieciocho a veinticuatro meses. Por otra parte, el que atentare contra la libertad sexual de otra persona, utilizando violencia o intimidación, será castigado como responsable de agresión sexual con la pena de prisión de uno a cinco años.
Podemos comprobar que la diferencia entre ambos es que en la agresión existe alguna clase de violencia o intimidación sobre la víctima. También queremos resaltar que las penas anteriores se pueden ver agravadas si se han producido ciertas circunstancias. De esta forma la pena puede alcanzar los quince años de prisión en determinados supuestos.

Edad consentimiento sexual

La edad de consentimiento sexual en España está fijada en los 16, tras la reforma del Código Penal en 2015. Esto quiere decir que cuando se lleve a cabo una relación sexual con un menor de dicha edad, estaremos ante un delito. La única excepción es que el autor sea una persona cercana al menor por edad y grado de desarrollo o madurez.

Muy importante: ante cualquier supuesto de abuso o agresión sexual es fundamental, además de dar aviso a la policía, ponerse en contacto con un abogado penalista. Por ese motivo si usted o una persona cercana ha sido víctima de esta situación le recomendamos que contacte con nuestro Despacho de Sevilla, donde le atenderemos de manera personalizada.

INFORMACIÓN Y PRESUPUESTO ON-LINE